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¿Te puede imponer la aseguradora a sus abogados en un accidente de tráfico? La Libredesignación de abogado en accidente de tráfico

El artículo 76.d de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de seguro, establece en su
literalidad lo siguiente: “El asegurado tendrá derecho a elegir libremente el procurador y abogado
que hayan de representarle y defenderle en cualquier clase de procedimiento. El asegurado
tendrá, asimismo, derecho a la libre elección de Abogado y procurador en los casos en que se
presente conflicto de intereses entre las partes del contrato. El abogado y procurador designados
por el asegurado no estarán sujetos, en ningún caso, a las instrucciones del asegurador.”
Pues bien, en virtud de dicho precepto, todas las personas tiene el derecho a elegir de
manera libre y voluntaria los profesionales que quieren que les represente, por lo que la
aseguradora no puede imponer a sus profesionales ante cualquier siniestro que hayamos
tenido.
¿Que ventajas tiene designar a un profesional especializado en el sector?

  • El letrado independiente como especialista en la materia no se encuentra sometido a
    instrucciones de la compañía si no únicamente a las del perjudicado.
  • El procedimiento no será tramitado por un tramitador si no por un abogado especialista que
    velará en todo momento por los intereses de su cliente para lograr la indemnización más
    elevada.
  • No se dan situaciones de conflicto de intereses.
  • Y por último y no menos importante la personalización del expediente, creando una relación de
    confianza para mayor tranquilidad.
    ¿Quien paga los honorarios de los profesionales independientes?
    Los honorarios de los profesionales designados libremente correrán a cuenta de la compañía
    aseguradora, que al término del procedimiento los profesionales que hayan intervenido emitirán
    su factura.
    Ahora bien, esta cobertura en muchas ocasiones se encuentra limitada a una cantidad máxima o
    bien a limitaciones de defensa únicamente al conductor, al asegurado etc.… cuestiones que se
    abordarán en la siguiente publicación.
    Conclusión:
    Ante cualquier siniestro que tengamos, podemos designar a nuestro abogado de confianza sin
    que la aseguradora nos imponga a sus profesionales.